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Juan de San Martín 84  | Tel. (03758) 422739  | CP N3350 |email concejo@apostoles.gov.ar

2016

DocumentosFecha publicación

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ESTABLÉCESE el pago de una suma no remunerativa de Pesos Dos Mil ($2.000,00) por única vez a abonar a todo el Personal Permanente del Escalafón Municipal, Personal Contratado con Relación de Dependencia, Personal del HCD, Secretarios y Concejales del HCD, Juez de Faltas y Personal del Juzgado de Faltas y Autoridades Municipales, en el mes de diciembre de 2016.

AUTORÍCESE al DEM a realizar la rescisión delSeguro de Vida Obligatorio póliza Nº 5140-9982111-01, contratado con Caja de Seguros S.A. CUIT-30-66320562-1, a partir de 01 de febrero de 2017.

INSTITUYESE oficialmente el año 2017, como el Año del Bicentenario de la Batalla de Apóstoles, por las fundamentaciones precedentemente descriptas, en el municipio de Apóstoles.-

FIJASE a partir del 1o de Enero del Año 2.017, los montos máximos para los siguientes conceptos:

Caja Chica $ 4.500,00 (Pesos: Cuatro Mil Quinientos.-)
Caja de Cambio $ 1.500,00 (Pesos: Un mil quinientos.-). Por cada caja.
Fondo Ayudas Económicas $ 7.500,00 (Pesos: Siete mil quinientos).- Destinado a brindar ayudas económicas..

ESTIMASE en la suma de Pesos: Ciento cincuenta y nueve millones quinientos mil ($ 159.500.000) el Cálculo de Recursos para el Ejercicio Año 2017, de acuerdo a las Planillas discriminativas que forman parte integrante de la presente Ordenanza.

FÍJASE a partir de 01 de enero de 2017 las remuneraciones básicas de las Autoridades del Departamento Ejecutivo Municipal..

TÉNGASE por ORDENANZA GENERAL FISCAL-PARTE TRIBUTARIA- para la Municipalidad de Apóstoles, la que se establece a continuación y con aplicación a partir del 1º de Enero del 2017.-

MODIFICASE a partir del 1o de enero del año 2017, el punto a) del Artículo 5o de la Ordenanza N° 35/2010

MODIFICASE a partir del 01 de enero de 2017, el Artículo 22° de la Ordenanza N° 15/16...

MODIFICASE a partir del 1o de enero del año 2017, el punto G del Artículo 1o de la Ordenanza N° 38/2010..

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