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Juan de San Martín 84  | Tel. (03758) 422739  | CP N3350 |email concejo@apostoles.gov.ar

2014

DocumentosFecha publicación

Ordenado por : Nombre | Fecha | Hits | [ Ascendiente ]

VISTO: La Finalización del Período de Sesiones Ordinarias de este Alto Cuerpo; y; CONSIDERANDO: QUE, ante la necesidad de dar tratamiento a temas de gran importancia que han quedado en las distintas Comisiones de Trabajo, que no han recibido Dictamen aún; QUE, conforme a lo dispuesto en el articulado de la Carta Orgánica Municipal y el REGLAMENTO INTERNO en vigencia para este Honorable Concejo Deliberante, se ha decidido prolongar en una Sesión Ordinaria para cumplimentar los temas pendientes;

VISTO Y CONSIDERANDO:

Que es necesario incrementar las partidas presupuestarias del cálculo de recursos y presupuesto de gastos del ejercicio en vigencia.

Que se proyecta un incremento en la recaudación en función a lo ingresado hasta la fecha de determinadas partidas.

Que dado al incremento sostenido en los precios de los productos a ser utilizados en el municipio hay partidas que resultan insuficientes para hacer frente a los compromisos del ejercicio.-

Visto y considerando:

En virtud de la importancia que tiene la educación y por tal motivo considero que los alumnos deben ser estimulados por sus esfuerzo, constancia, dedicación y perseverancia en los estudios con un premio "CIUDAD DE APÓSTOLES"

VISTO:

El Parque Centenario de la ciudad y la importancia del mismo en las actividades deportivas y de recreación y;

CONSIDERANDO:

QUE existe una gran cantidad de juegos y aparatos para la práctica de ejercicios y deportes;

QUE dicho Parque cuenta con una variada e innumerable cantidad de árboles y vegetación de distintas especies;

QUE el Parque es visitado todos los fines de semana por gente de localidades vecinas;

QUE si bien existe normativa vigente, respecto de la prohibición del ingreso con animales o motos, no existe personal encargado de hacerla cumplir,

QUE por medio de la Ordenanza 66-03, SE ESTABLECE el Organigrama de funcionamiento Municipal, Manual de Misiones y Funciones, DEBIENDO incluir la figura referida como así también delimitar cuales serán las tareas específicas que le competen;

QUE en consideración a las Facultades conferidas por la COMISIÓN, y demás Concordantes, se emite la presente;

VISTO:

La Ordenanza N° 14/2014 y;

CONSIDERANDO:

Que a través de la mencionada ordenanza se adhiere el Municipio de Apóstoles al Plan Nacional de Igualdad Cultura!;

Que se incorporó al Cálculo de Recursos y Presupuesto de gastos del presente ejercicio la suma de $ 3.766.542,60 pesos;

Que con fecha 7 de agosto de 2014. el Municipio presentó el cómputo y presupuesto correspondiente, y a su vez, adhirió al mismo refacciones anexas con el fin de ser consideradas por el consejo asesor del Sistema Argentino Televisión Digital Terrestre.

Que el Área Operativa Igualdad Cultural, según nota N° 724/2014 recibida; consideró que las tareas anexas propuestas por el Municipio son pertinentes y adecuadas. Asimismo, y en relación a la actualización presupuestaria de las mismas, se destaca que los nuevos valores propuestos corresponden a los valores aceptables de mercado, cumpliendo con los requisitos de implementación en una obra de envergadura.

Que la Dirección de Presupuesto dependiente de la Dirección General de Administración del Ministerio ha tomado conocimiento del presupuesto establecido en el mencionado Informe final a fines de confirmar la programación presupuestaria, en vista del Convenio Específico de Obra a suscribirse.

Que el nuevo presupuesto asciende a la suma de $ 3.837.818,04.

Que es necesario incrementar el Cálculo de Recursos y Presupuesto de Gastos del presente ejercicio a la suma de $ 71.275,44.-

Visto: 

La Carta de Adhesión al Plan Nacional Igualdad Cultural y;

Considerando: 

Que está a la firma la carta adhesión al Plan Nacional igualdad cultural entre el Ministro de Planificación Federal Inversión Pública y Servicios, la Secretaría de Cultura de la Presidencia de la Nación y el Municipio de Apóstoles. 

Que en el Marco del Plan Nacional Igualdad Cultural se presentó proyecto consistente en la adecuación del Centro cultural "Raúl Delavy" de Apóstoles Misiones por un valor de $ 3.766.542,60 

Que es necesario autorizar al Ejecutivo Municipal a la firma de la Carta Adhesión al Plan Nacional Igualdad Cultural. 

Que es necesario incorporar al Cálculo de Recursos y Presupuesto de Gastos del presente ejercicio el proyecto de adecuación del Centro Cultural Raúl Delavy.

Que es necesario autorizar al Ejecutivo Municipal al llamado de licitación pública a los efectos de la realización de la obra mencionada.

VISTO:

La Ordenanza Nº 18-08; y

CONSIDERANDO:

Que por medio del referido Instrumento Legal se establece la creación y el funcionamiento del CONCEJO DELIBERANTE ESTUDIANTIL, durante el mes de Septiembre de cada Año;

Que con el fin de optimizar la organización del referido espacio de participación Juvenil, se dicta un CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES, respetando las Legislaciones que lo reglan: Ordenanza Nº 18-08,  Ordenanza Nº 69-11;

Que este Alto Cuerpo teniendo en cuenta los alcances de la CARTA ORGANICA MUNICIPAL, procede consecuentemente;

VISTO: 

Las ordenanza N° 22-10, 100-10; 96/12;  57/13 y concordantes; y 

CONSIDERANDO: 

Que por medio de la Ordenanza N° 22-10 se autoriza la firma del Contrato con la Empresa RIO URUGUAY SRL para la prestación del servicio urbano de pasajeros B° Andresito, Belgrano y sector del Barrio Estación y otros a fin de satisfacer la demanda registrada en los núcleos poblacionales más populosas de Apóstoles;

Que a través del Expediente de mesa de entrada de este Concejo Deliberante de Apóstoles N° 18/14 y en notas presentadas con fecha 14-04-14 y 15-04-14, se presenta la Empresa RIO URUGUAY S.A. actual prestadora del servicio Transporte Urbano de Pasajeros de nuestra Localidad, solicitando reajuste de la tarifa;

Que la actualización definida por este cuerpo tuvo en consideración el mayor incremento en los costos operativos de la empresa, tales como el combustible, salarios, repuestos, insumos, etc.;

Que Es obligación del estado municipal contar con un servicio de transporte público regular y habitual, atendiendo las necesidades de los usuarios y garantizando la ecuación  económica que permita el correcto funcionamiento de la empresa prestadora  de  dicho  servicio  en  beneficio  de  la localidad en general;

VISTO:

El Convenio Específico del "Programa Federal de Integración Socio comunitaria" Viviendas Nuevas y;

CONSIDERANDO:

Que el Convenio Específico se firma entre la Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda dependiente de la Secretaría de obras Públicas del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios; el Iprodha y las Municipalidades de Campo Grande, Capioví, San Vicente, Colonia Delicia, y Apóstoles;

Que El Convenio se firma, por un total de 92 viviendas, correspondiendo a la Municipalidad de Apóstoles, la construcción de 18 viviendas;

Que el financiamiento consiste en dinero para la construcción de viviendas, por un importe total de $ 22.050.000 (Pesos: Veintidós millones cincuenta mil); subsidio por compra de equipos, herramientas, útiles de trabajo y libros contables por un total de $ 170.000,00 (Pesos: Ciento setenta mil) y Cartel de Obra por un importe total de $ 30.000,00 (Pesos: Treinta mil) para un total de 92 viviendas para todos los Municipios firmantes, correspondiendo al Municipio de Apóstoles, la construcción de 18 viviendas.

Que la obra se ejecutará mediante la contratación de las Cooperativas de Trabajo.

Que los desembolsos se realizaran desde el IPRODHA según cronograma de desembolso. 

Que es necesario su incorporación al Cálculo de Recursos y del Presupuesto de Gastos del presente ejercicio, a través del prorrateo, en función a las viviendas a construirse: $ 21.850.00,00 (Pesos: Veintiún millones ochocientos cincuenta mil) para las 92 viviendas lo que arroja un importe de $ 237.500 (Pesos: doscientos treinta y siete mil quinientos) por vivienda, correspondiendo a Apóstoles la construcción de 18 viviendas: lo cual nos daría $ 4.275.000,00.(Pesos: Cuatro millones doscientos setenta y cinco mil); Subsidio para la compra de equipos, herramientas, útiles de trabajo y libros contables por $170.000,00.(Pesos: Ciento setenta mil)para 17 cooperativas, correspondiendo a Apóstoles 3 cooperativas, lo que da un total de $30.000,00.(Pesos: Treinta mil). En relación al cartel de Obra el prorrateo se realiza entre los 5 Municipios participantes en el Convenio lo cual arrojaría $ 6.000,00 (Pesos: Seis mil) por cada uno.

Que en función a lo expuesto en el considerando anterior correspondería presupuestar para la construcción de las 18 viviendas la suma de $ 4.311.000,00(Pesos: Cuatro millones trescientos once mil).

Visto:

La proyecto de adhesión al Programa de Inserción Laboral para organismos públicos, presentado por el Departamento Ejecutivo de la Municipalidad de Apóstoles y la Resolución N° 1964/14 del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación, y;

Considerando:

Que a través de la Resolución 1964/14 del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación actualiza el reglamento del Programa de Inserción Laboral;

Que en su artículo 2o amplía el universo de destinatarios de sus acciones, comprendiendo a los trabajadores que presten servicios en las oficinas públicas de la Red de Servicios de Empleo;

Que en su artículo 7o posibilita la adhesión de organismos públicos municipales;

Que en su artículo 8o contempla un plazo máximo de adhesión de 24 meses;

Que en su artículo 9o establece una ayuda económica mensual a cargo del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de $4500 (pesos cuatro mil quinientos);

Que en el ámbito de la oficina de Empleo de Apóstoles y dentro del marco del programa de inserción laboral antes nombrado, el Ejecutivo Municipal propone la contratación de cuatro nuevos trabajadores, categoría 12 del escalafón Municipal;

Que el Honorable Concejo Deliberante considera conveniente aprobar dicha propuesta;

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