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Juan de San Martín 84  | Tel. (03758) 422739  | CP N3350 |email concejo@apostoles.gov.ar

2014

DocumentosFecha publicación

Ordenado por : Nombre | Fecha | Hits | [ Descendiente ]

VISTO Y CONSIDERANDO:
Que es necesario fijar los montos máximos en concepto de Caja Chica, Caja de Cambio, y Ayudas Económicas para el Ejercicio año 2015.

VISTO: 

Las ordenanza N° 22-10, 100-10; 96/12;  57/13 y concordantes; y 

CONSIDERANDO: 

Que por medio de la Ordenanza N° 22-10 se autoriza la firma del Contrato con la Empresa RIO URUGUAY SRL para la prestación del servicio urbano de pasajeros B° Andresito, Belgrano y sector del Barrio Estación y otros a fin de satisfacer la demanda registrada en los núcleos poblacionales más populosas de Apóstoles;

Que a través del Expediente de mesa de entrada de este Concejo Deliberante de Apóstoles N° 18/14 y en notas presentadas con fecha 14-04-14 y 15-04-14, se presenta la Empresa RIO URUGUAY S.A. actual prestadora del servicio Transporte Urbano de Pasajeros de nuestra Localidad, solicitando reajuste de la tarifa;

Que la actualización definida por este cuerpo tuvo en consideración el mayor incremento en los costos operativos de la empresa, tales como el combustible, salarios, repuestos, insumos, etc.;

Que Es obligación del estado municipal contar con un servicio de transporte público regular y habitual, atendiendo las necesidades de los usuarios y garantizando la ecuación  económica que permita el correcto funcionamiento de la empresa prestadora  de  dicho  servicio  en  beneficio  de  la localidad en general;

VISTO:

La Ordenanza Nº 18-08; y

CONSIDERANDO:

Que por medio del referido Instrumento Legal se establece la creación y el funcionamiento del CONCEJO DELIBERANTE ESTUDIANTIL, durante el mes de Septiembre de cada Año;

Que con el fin de optimizar la organización del referido espacio de participación Juvenil, se dicta un CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES, respetando las Legislaciones que lo reglan: Ordenanza Nº 18-08,  Ordenanza Nº 69-11;

Que este Alto Cuerpo teniendo en cuenta los alcances de la CARTA ORGANICA MUNICIPAL, procede consecuentemente;

Visto: 

La Carta de Adhesión al Plan Nacional Igualdad Cultural y;

Considerando: 

Que está a la firma la carta adhesión al Plan Nacional igualdad cultural entre el Ministro de Planificación Federal Inversión Pública y Servicios, la Secretaría de Cultura de la Presidencia de la Nación y el Municipio de Apóstoles. 

Que en el Marco del Plan Nacional Igualdad Cultural se presentó proyecto consistente en la adecuación del Centro cultural "Raúl Delavy" de Apóstoles Misiones por un valor de $ 3.766.542,60 

Que es necesario autorizar al Ejecutivo Municipal a la firma de la Carta Adhesión al Plan Nacional Igualdad Cultural. 

Que es necesario incorporar al Cálculo de Recursos y Presupuesto de Gastos del presente ejercicio el proyecto de adecuación del Centro Cultural Raúl Delavy.

Que es necesario autorizar al Ejecutivo Municipal al llamado de licitación pública a los efectos de la realización de la obra mencionada.

VISTO:

La Ordenanza N° 14/2014 y;

CONSIDERANDO:

Que a través de la mencionada ordenanza se adhiere el Municipio de Apóstoles al Plan Nacional de Igualdad Cultura!;

Que se incorporó al Cálculo de Recursos y Presupuesto de gastos del presente ejercicio la suma de $ 3.766.542,60 pesos;

Que con fecha 7 de agosto de 2014. el Municipio presentó el cómputo y presupuesto correspondiente, y a su vez, adhirió al mismo refacciones anexas con el fin de ser consideradas por el consejo asesor del Sistema Argentino Televisión Digital Terrestre.

Que el Área Operativa Igualdad Cultural, según nota N° 724/2014 recibida; consideró que las tareas anexas propuestas por el Municipio son pertinentes y adecuadas. Asimismo, y en relación a la actualización presupuestaria de las mismas, se destaca que los nuevos valores propuestos corresponden a los valores aceptables de mercado, cumpliendo con los requisitos de implementación en una obra de envergadura.

Que la Dirección de Presupuesto dependiente de la Dirección General de Administración del Ministerio ha tomado conocimiento del presupuesto establecido en el mencionado Informe final a fines de confirmar la programación presupuestaria, en vista del Convenio Específico de Obra a suscribirse.

Que el nuevo presupuesto asciende a la suma de $ 3.837.818,04.

Que es necesario incrementar el Cálculo de Recursos y Presupuesto de Gastos del presente ejercicio a la suma de $ 71.275,44.-

Visto y considerando:

En virtud de la importancia que tiene la educación y por tal motivo considero que los alumnos deben ser estimulados por sus esfuerzo, constancia, dedicación y perseverancia en los estudios con un premio "CIUDAD DE APÓSTOLES"

VISTO:

El Parque Centenario de la ciudad y la importancia del mismo en las actividades deportivas y de recreación y;

CONSIDERANDO:

QUE existe una gran cantidad de juegos y aparatos para la práctica de ejercicios y deportes;

QUE dicho Parque cuenta con una variada e innumerable cantidad de árboles y vegetación de distintas especies;

QUE el Parque es visitado todos los fines de semana por gente de localidades vecinas;

QUE si bien existe normativa vigente, respecto de la prohibición del ingreso con animales o motos, no existe personal encargado de hacerla cumplir,

QUE por medio de la Ordenanza 66-03, SE ESTABLECE el Organigrama de funcionamiento Municipal, Manual de Misiones y Funciones, DEBIENDO incluir la figura referida como así también delimitar cuales serán las tareas específicas que le competen;

QUE en consideración a las Facultades conferidas por la COMISIÓN, y demás Concordantes, se emite la presente;

VISTO Y CONSIDERANDO:

Que es necesario incrementar las partidas presupuestarias del cálculo de recursos y presupuesto de gastos del ejercicio en vigencia.

Que se proyecta un incremento en la recaudación en función a lo ingresado hasta la fecha de determinadas partidas.

Que dado al incremento sostenido en los precios de los productos a ser utilizados en el municipio hay partidas que resultan insuficientes para hacer frente a los compromisos del ejercicio.-

VISTO: 

La iniciativa del DEM de crear un espacio de paseo y uso para la juventud denominado "Espacio Joven Apóstoles" 

CONSIDERANDO:

Que dicho paseo será el ámbito ideal para las actividades juveniles en un ambiente propicio, dotado de las comodidades requeridas, y con las medidas de seguridad necesarias para la tranquilidad de todos;

Que este proyecto contempla la infraestructura adecuada para la realización de espectáculos, exposiciones y reuniones sin alterar el orden público y con los requerimientos idóneos para la concreción de todo tipo de eventos;

Que el Honorable Concejo Deliberante apoya y recomienda este tipo de políticas destinadas al uso de los espacios públicos con intervenciones urbanísticas pensadas para la participación ciudadana y en un ámbito de contención de nuestros jóvenes;

Que las obras previstas contemplaran el valor predominante de los espacios verdes y la arborización que distingue las plazoletas y bulevares de nuestra ciudad en consonancia con nuestro Código de Planeamiento Urbano;

Que la propuesta fuera oportunamente presentada por el Municipio de Apóstoles y aprobada en el BAPIM (Banco de Proyectos de Obras de Inversiones de Misiones) que canaliza obras de infraestructura en los municipios misioneros;

Que la inversión prevista para esta obra se realizara con fondos del Estado Provincial a través de la Dirección de Arquitectura de la Provincia de Misiones según Resolución N° 490/14;

VISTO

El Convenio N° 2297 entre el Iprodha y la Municipalidad de Apóstoles y;

CONSIDERANDO:

Que se ha firmado con el Iprodha el Convenio N° 2297 dentro de la operatoria Techo;

Que el Iprodha se compromete a otorgar un aporte no reintegrable a los efectos de financiar la operatoria Techo, consistente en la adquisición y montaje de 283 Kits de materiales para la reposición de cubiertas de Techo por la suma de $ 2.830.000, correspondiente $ 2.575.300 para los materiales componentes del Kit y $ 254.700 para mano de obra calificada, los mismos incluyen flete y/o gastos administrativos que se utilice;

Que en función a la época del año que nos encontramos, es necesario también autorizar a transferir los saldos presupuestarios no ingresados y no ejecutados al ejercicio siguiente.

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