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Juan de San Martín 84  | Tel. (03758) 422739  | CP N3350 |email concejo@apostoles.gov.ar

2013

DocumentosFecha publicación

Ordenado por : Nombre | Fecha | Hits [ Ascendiente ]

Se acepta la donación realizada por parte de la Empresa Industrial y Minera Misionera SA a la Municipalidad de Apóstoles de los inmuebles determinados como: 1) DPTO. 01. MUN. 04. SECC. 02. CHAC. 0000. MZ. 0000. PARC. 0027 inscripto en el folio real matrícula 1585 del Registro del Propiedad Inmueble de la Provincia, 2) DPTO. 01. MUN. 04. SECC. 02. CHAC. 000. MZ. 0000. PARC 0459 b inscripto en folio real matrícula 4683 del Registro de la Propiedad Inmueble, y por los motivos expuestos en los considerandos.

Se establece la obligatoriedad de contar con un servicio de área protegida, en instituciones bancarias o casas de juego que operan en Apóstoles,  instando a la vez a los grandes comercios con alto flujo de clientes a adherir a este sistema, lo cual redundará en un gran beneficio para

las personas que se encuentren dentro de sus instalaciones, ya sea desarrollando una actividad habitual como, visitante ocasional, cliente o proveedor, en el caso de producirse una emergencia o una urgencia médica..

APRUEBASE el Proyecto de Infraestructura de Viviendas que se adjunta.

Se establece como obligatorio la notificación fehaciente a la Comisaría de la Ciudad de Apóstoles, la realización de una pintada por el  padre de la agasajada y/o persona adulta que participe en la misma.

Se incorpora al Cálculo de Recursos del presente ejercicio en la partida 01.01.02.03.88.00.00 Aportes no Reintegrable Ingreso Fortalecimiento Institucional y Certificación de Calidad en la suma de Pesos: Trescientos cinco mil cuarenta y cuatro ($ 305.044,00).-

Convenio suscripto por la Municipalidad y el Instituto Provincial de Desarrollo Habitacional, para la ejecución de la Operatoria Viviendas Progresivas en el Municipio de APOSTÓLES

AUTORÍCESE al Sr. Intendente licencia en los términos del Art. 177 inc. d) de la Carta Orgánica desde el 28 de agosto al 13 de septiembre del corriente año

Fijase a partir de 01 de agosto de 2013 las remuneraciones básicas de las Autoridades Municipales, en los siguientes valores

Autorízase al Ejecutivo Municipal a contratar el Seguro Colectivo de Servicio de Sepelio para el personal dependiente de esta municipalidad, propuesto por la empresa La Caja de Seguros S. A. con cobertura a partir de 01 de septiembre de 2013

FIJASE en un 36% (treinta y seis por ciento) los Honorarios que la Municipalidad abone por los servicios prestados por la Empresa Servicios Comunales S.A., neto de los tributos  efectivamente ingresados, derivados del contrato suscripto según Ordenanza N° 44/10 con retroactividad a la facturación del 1o de Junio de 2013

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