Juan de San Martín 84 | Tel. (03758) 422739 | CP N3350 |email concejo@apostoles.gov.ar
OTÓRGUESE subsidio no reintegrable de Pesos Treinta Mil ($ 30.000,00) mensuales a la empresa Río Uruguay SRL, desde el mes de enero a diciembre de 2015.
DERÓGUESE el inciso i) del articulo 3º; y el punto tres (3) del articulo 26º de la ordenanza 3/94.
TÉNGASE por ORDENANZA GENERAL FISCAL-PARTE TRIBUTARIA-para la Municipalidad de Apóstoles, la que se establece a continuación y con aplicación a partir del 1º de Enero del 2016.-
ESTIMASE en la suma de Pesos: Ciento treinta y cinco millones quinientos ochenta y cuatro mil ($ 135.584.000,00) el Cálculo de Recursos para el Ejercicio Año 2016, de acuerdo a las Planillas discriminativas que se detallan en el ANEXO I adjunto a la presente Ordenanza.
APRUÉBASE la utilización del Fondo Provincial de la Soja para la cancelación de la adquisición de 6 (seis) motoguadañas para el Municipio.
APRUÉBASE la utilización del Fondo Provincial de la Soja para la restauración y mantenimiento de caminos en Avenida Teniente Ernesto Espinosa de nuestra ciudad..
FIJASE a partir del 1ode abril del año 2016 el inicio de la puesta en funcionamiento del Sistema Único De Boleto Electrónico (SUBE).
Horario de atención al público: exclusivamente de lunes a viernes de 06:30 a 12:15 hs.
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