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Juan de San Martín 84  | Tel. (03758) 422739  | CP N3350 |email concejo@apostoles.gov.ar

2014

DocumentosFecha publicación

Ordenado por : Nombre | Fecha | Hits [ Ascendiente ]

VISTO: La Finalización del Período de Sesiones Ordinarias de este Alto Cuerpo; y; CONSIDERANDO: QUE, ante la necesidad de dar tratamiento a temas de gran importancia que han quedado en las distintas Comisiones de Trabajo, que no han recibido Dictamen aún; QUE, conforme a lo dispuesto en el articulado de la Carta Orgánica Municipal y el REGLAMENTO INTERNO en vigencia para este Honorable Concejo Deliberante, se ha decidido prolongar en una Sesión Ordinaria para cumplimentar los temas pendientes;

Visto y Considerando: Que a través de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Servicios Públicos se han presentado proyectos para ser financiadas con fondos provenientes del fondo federal solidario (Dtos 206/2009 y 243/2009) Que dichos proyectos consisten en Recupero de Vertientes en el Barrio Irigoyen Manzana N° 194; Proyecto Mejoramiento de Barrios Cordón Cunetas y Badenes en Barrio Irigoyen; Proyecto Mejoramiento de Barrios Canal de Desagüe Barrio Irigoyen; Cordón Cuneta en Barrio Santa Bárbara..

Visto: El Convenio para la Descentralización de la Gestión en la Atención Primaria de la Salud, y; Considerando: Que se presentó el Proyecto de APS, del cual surge el Convenio que se adjunta; Que el Convenio a firmarse es por el término de un año a partir de la firma del mismo; Que la Provincia transferirá al Municipio de Apóstoles la suma de Pesos: Seiscientos treinta mil ciento setenta y seis con 40/100 ($ 630.176,40) para la gestión del Proyecto Municipal para el Fortalecimiento de APS;

Visto y Considerando: Que el 04 de Diciembre del 2014 se percibió la suma de Pesos Cincuenta y dos mil ochocientos quince pesos $ 52.815,00 en concepto de Ingreso de Plan Sumar. Que con la percepción de dicho importe se supera ampliamente el ingreso presupuestado para presente ejercicio. Que es necesario incrementar el Cálculo de Recursos y el Presupuesto de Gastos del presente ejercicio en Plan Sumar

VISTO

El Convenio N° 2297 entre el Iprodha y la Municipalidad de Apóstoles y;

CONSIDERANDO:

Que se ha firmado con el Iprodha el Convenio N° 2297 dentro de la operatoria Techo;

Que el Iprodha se compromete a otorgar un aporte no reintegrable a los efectos de financiar la operatoria Techo, consistente en la adquisición y montaje de 283 Kits de materiales para la reposición de cubiertas de Techo por la suma de $ 2.830.000, correspondiente $ 2.575.300 para los materiales componentes del Kit y $ 254.700 para mano de obra calificada, los mismos incluyen flete y/o gastos administrativos que se utilice;

Que en función a la época del año que nos encontramos, es necesario también autorizar a transferir los saldos presupuestarios no ingresados y no ejecutados al ejercicio siguiente.

El Expte Nº 191-14, una Solicitud presentada por la Arq. DINA G. SANSALONI, DNI 22.217.220, MP 2580, CONSIDERANDO: Que la solicitante realiza su presentación peticionando autorización para la construcción de 6 vallas verticales en la esquina de Warenycia y Moreno, frente al local en construcción del cual es Profesional responsable; Que las mismas tendrían una función atenuante de posibles impactos, dado que el sector es ampliamente transitado por vehículos de diversidad de portes; QUE la Comisión Nº1 ha emitido el DICTAMEN Nº 31-14, considerando todos los aspectos analizables en esta temática, analizados antecedentes, considerando en forma excepcional el mismo se ha decidido, de manera mayoritaria, acceder a fin de dar solución a la situación planteada, recibiendo igual voto del Cuerpo en pleno; QUE este Alto Cuerpo en consideración de las Atribuciones que le son conferidas, procede consecuentemente;

VISTO: El Expte Nº 185-14, una Solicitud presentada por el Vecino Siverio Manuel Dáttoli, DNI 4.117.481; y CONSIDERANDO: Que ante la construcción de una remodelación de local comercial de propiedad del solicitante no se han respetado las dimensiones resultantes en cuanto a la Ochava pertinente; QUE los demás detalles de construcción cumplen con las Legislaciones vigentes en todos sus aspectos; QUE la Comisión Nº1 ha emitido el DICTAMEN Nº 30-14, considerando todos los aspectos analizables en esta temática, dado que se trata de una obra ya realizada, considerando en forma excepcional el mismo se ha decidido, de manera mayoritaria, acceder a fin de dar solución a la situación planteada, recibiendo igual voto del Cuerpo en pleno; QUE este Alto Cuerpo en consideración de las Atribuciones que le son conferidas, procede consecuentemente;

VISTO:

El Convenio de Cooperación suscripto entre el SISTEMA PROVINCIAL DE TELEDUCACIÓN Y DESARROLLO -SiPTeD-, la MUNICIPALIDAD DE APOSTÓLES (Mnes.) y el CENTRO DE FORMACIÓN PROFESIONAL N° 6, "JULIÁN TARNOWSKI" y;

CONSIDERANDO:

QUE con el mencionado convenio acuerdan la creación de un NÚCLEO DE EDUCACIÓN SECUNDARIA A DISTANCIA; en la localidad de Apóstoles (Mnes.) el que funcionará dentro de los lineamientos que rigen a este sistema;

QUE, a efectos de acompañar la ejecución del citado Convenio, se establecen compromisos por parte de las Instituciones que se detallan en las cláusulas que lo conforman;

QUE, tal procedimiento está de acuerdo con las Disposiciones enunciadas en la Ley N° I- 54 (ex Ley 2161/84) y Decreto Reglamentario N° 4762/84, existiendo disponibilidad financiera.

VISTO Y CONSIDERANDO:
Que es necesario fijar los montos máximos en concepto de Caja Chica, Caja de Cambio, y Ayudas Económicas para el Ejercicio año 2015.

VISTO:

El Plan Nacional de Telecomunicaciones "Argentina Conectada"; y

CONSIDERANDO:

Que a través del Decreto Nº 1552/2010 se creó dicho Plan, para la implementación del Programa Núcleos de Acceso al Conocimiento (NAC);

Que el objetico primario de un "NAC" consiste en establecer un punto de acercamiento social a las tecnologías digitales permitiendo el uso gratuito de estas herramientas por parte de personas y grupos que presentan algún grado de dificultad o barrera para hacerlo, producto de su situación de vulnerabilidad social, económica o de alejamiento geográfico.

Que conforme lo cual, el "NAC" consiste en la implementación de un espacio público de aprendizaje y apropiación de habilidades informáticas, de participación comunitaria e inclusión social, un disparador de iniciativas y emprendimientos productivos, un espacio de aprendizaje de oficios, un espacio de valoración cultural del espacio territorial del que el "NAC" es parte, un espacio de inserción cultural (tv, cine, etc.), un espacio de acceso a la información y al conocimiento del interés de cada participante y un punto de contacto entre políticas públicas y el ciudadano.

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