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Juan de San Martín 84  | Tel. (03758) 422739  | CP N3350 |email concejo@apostoles.gov.ar

2013

DocumentosFecha publicación

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Se establece la obligatoriedad de contar con un servicio de área protegida, en instituciones bancarias o casas de juego que operan en Apóstoles,  instando a la vez a los grandes comercios con alto flujo de clientes a adherir a este sistema, lo cual redundará en un gran beneficio para

las personas que se encuentren dentro de sus instalaciones, ya sea desarrollando una actividad habitual como, visitante ocasional, cliente o proveedor, en el caso de producirse una emergencia o una urgencia médica..

Se establece como obligatorio la notificación fehaciente a la Comisaría de la Ciudad de Apóstoles, la realización de una pintada por el  padre de la agasajada y/o persona adulta que participe en la misma.

Se incorpora al Cálculo de Recursos del presente ejercicio en la partida 01.01.02.03.88.00.00 Aportes no Reintegrable Ingreso Fortalecimiento Institucional y Certificación de Calidad en la suma de Pesos: Trescientos cinco mil cuarenta y cuatro ($ 305.044,00).-

Apruébese la carta de adhesión al programa Construir Empleo para la construcción del Centro de Salud en el Barrio Santa Bárbara.

Apruébese el Convenio de Colaboración Técnica N° 13 firmado entre el Ministerio de Cultura, Educación, Ciencia y Tecnología de la Provincia de Misiones y la Municipalidad de Apóstoles.

Convenio suscripto por la Municipalidad y el Instituto Provincial de Desarrollo Habitacional, para la ejecución de la Operatoria Viviendas Progresivas en el Municipio de APOSTÓLES

AUTORÍCESE al Sr. Intendente licencia en los términos del Art. 177 inc. d) de la Carta Orgánica desde el 28 de agosto al 13 de septiembre del corriente año

Fijase a partir de 01 de agosto de 2013 las remuneraciones básicas de las Autoridades Municipales, en los siguientes valores

Autorízase al Ejecutivo Municipal a contratar el Seguro Colectivo de Servicio de Sepelio para el personal dependiente de esta municipalidad, propuesto por la empresa La Caja de Seguros S. A. con cobertura a partir de 01 de septiembre de 2013

FIJASE en un 36% (treinta y seis por ciento) los Honorarios que la Municipalidad abone por los servicios prestados por la Empresa Servicios Comunales S.A., neto de los tributos  efectivamente ingresados, derivados del contrato suscripto según Ordenanza N° 44/10 con retroactividad a la facturación del 1o de Junio de 2013

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