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juventudOficina de Empleo

Encargado: Téc. Gerardo Cura | Av. 9 de Julio 870 | Tel: 425111

 e-mail: oficinaempleo@apostoles.gov.ar

La Oficina de Empleo municipal llevará adelante todas las funciones realizadas por la delegación del RENATRE en nuestra localidad
Viernes, 20 de Julio de 2012 08:30

El día viernes 22 de junio a la 10:30 hs. el Intendente de la Municipalidad de Apóstoles el Lic. Mario Vialey junto al RENATEA_Customcoordinador d e la  oficina de empleo local, el Lic. Oscar Geijo firmaron el convenio con RENATEA (ex RENATRE), de la cual participaron varios intendentes de la provincia. El convenio fue firmado junto al Gerente de Empleo el Arq. Carlos Alberto Marcial, quien fue designado como responsable de RENATEA en la provincia de Misiones.

 

La oficina de Empleo infomó que a través de la promulgación de la Ley 26.727 (Diciembre de 2011) se aprobó el Régimen de Trabajo Agrario, siendo el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, la autoridad de aplicación del presente régimen.

La mencionada Ley crea el Registro Nacional de Trabajadores y Empleadores Agrarios (RENATEA), entidad autárquica del MTEySS (Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social), el cual absorbe las funciones y atribuciones que desarrollaba el RENATRE; por lo tanto, la Oficina de Empleo Local, llevará adelante todas las funciones hasta el momento realizadas por la delegación de RENATRE en nuestra localidad.

Los horarios de atención para trámites específicos relacionados con RENATEA son de Lunes a Viernes de 7:00 a 10:30 hs, en la Oficina de Empleo de la Municipalidad de Apóstoles, cita en Av. Malvinas Argentina 643, dentro del complejo de la Expo Yerba

EL Rol de las Oficinas de Empleo y las Unidades de Empleo

Una de las actividades que asumirán las Oficinas de Empleo locales es la Atención de trabajadores temporarios de la actividad agraria. El Municipio, a través de la Oficina o Unidad de Empleo fortalecida por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, brinda servicios a los trabajadores con problemas de empleo, especialmente a aquellos con mayores dificultades de inserción laboral, con el objeto de mejorar sus condiciones de empleabilidad e incrementar sus oportunidades de obtener un empleo, a través de diversos servicios desarrollados a tal efecto.

Actualmente la Ley Nº 26.727, aprueba el Régimen de Trabajo Agrario que rige el contrato de trabajo agrario, y promueve el empleo dentro de este sector. En este contexto y con el objetivo de desarrollar estas acciones, se proponen integrar los servicios de empleo de las Oficinas y Unidades de empleo fortalecidas por el MTEySS con la creación del “Servicio Público de Empleo para Trabajadores Temporarios de la Actividad Agraria” previsto por la mencionada ley.

En este marco, las actividades específicas de las OE y UE, serán:

Tramitar el otorgamiento de la “Libreta del Trabajador Agrario” de carácter obligatorio para todos los trabajadores que desarrollen tareas correspondientes a la actividad agraria.

Gestionar la documentación para el registro de los empleadores y trabajadores agrarios de su jurisdicción;

Gestionar la documentación para las el Sistema Integral de Prestaciones por Desempleo y el Seguro por Sepelio;

En esta primera instancia, la OE/UE recibirá y enviará al RENATEA la documentación para el otorgamiento de la “Libreta de Trabajo Agrario” correspondiente a un trabajador que se encuentra ocupado. La OE/UE realiza estas gestiones para la facilitar el registro de la relación laboral promoviendo así la incorporación de estos trabajadores en el marco de la ley vigente. Este trámite puede ser realizado por el trabajador, el empleado, por su estudio contable o gestores autorizados por lo que cualquiera de ellos puede acercarse a la OE/UE con la documentación correspondiente.

En referencia al Sistema Integral de Prestaciones por Desempleo los trabajadores desocupados lo tramitarán personalmente en la OE/UE, que solicitará la documentación necesaria para tal fin.

Esta población, constituye un usuario más de las OE y UE, y en muchos casos son atendidos y cubiertos por los servicios de empleo habitualmente, por lo que los trabajadores agrarios, ocupados o desocupados recibirán los servicios que la OE/UE brinda habitualmente, entre ellos:

♦ acciones que faciliten su capacitación, orientación y contratación;

♦ acciones directas de intermediación laboral;

♦ Asesoramiento sobre legislación laboral o derivaciones acordes;

♦ Registro y derivación a actividades de formación profesional;

♦ acciones de promoción del empleo que pudieran desarrollarse;

Para poder brindar estos servicios, es necesario que las OE/UE registren las acciones que realizan y de esta forma tengan los datos de los trabajadores atendidos.

Es decir que, la OE/UE podrá registrar a través del Portal de Empleo a las personas que soliciten -personalmente o a través de terceros- la “Libreta de Trabajador Agrario”, ingresándolos, como lo hacen de manera habitual, como un nuevo postulante, y completando los datos personales allí solicitados. No nos referimos a la carga de la Historia Laboral completa sino a la pantalla inicial de datos personales, los que se pueden tomar del  “Formulario de Inscripción de Trabajador Rural” del RENATEA. Esta pantalla, a su vez, habilita a que la OE/UE registre la tarea que hizo a través de la opción “Acciones OE”.

O sea que, en los casos que la OE/UE lo decida, podrá cargar esta información en su base de datos, lo que le permitirá:

♦ registrar todas las actividades realizadas,

♦ tener datos de los trabajadores para citarlos a entrevistas y ofrecerles los servicios de la OE/UE

En resumen, las OE/ UE recibirán la solicitud de la “Libreta del Trabajador Agrario” para su tramitación y además podrán consignar en la Portal de Empleo estas acciones, de manera de registrar el trabajo realizado por la OE cotidianamente y tener información suficiente para poder citar a los trabajadores para realizarles una entrevista en profundidad, tomar sus historias laborales y poder derivarlos a cursos de capacitación que puedan resultar acordes a algún segmento de trabajadores de este sector, algún puesto de trabajo o brindarles información sobre la nueva Ley, el seguro por desempleo, etc.

En cuanto a los empleadores, también pueden ser registrados, si la OE/UE lo decide, en el Portal de Empleo para incorporarlos a la base de datos, acudan personalmente o no a la OE/UE , ya que en el “ Formulario de Inscripción del Empleador” del RENATEA se encuentra la información requerida por el Portal de Empleo. De esta manera la OE podrá luego tomar contacto directo con ellos y ofrecerle los servicios integrales de la OE.

La Ley establece que es obligatorio para los empleadores utilizar el “Servicio Público de Empleo para Trabajadores Temporarios de la Actividad Agraria, aunque aún no se han reglamentado los mecanismos para su implementación. Estas acciones de atención e inscripción de trabajadores y empleadores en la plataforma les permitirá a las OE y UE tener un registro de todas las acciones realizadas con el sector, posteriormente les facilitará realizar informes, medir resultados o generar nuevas acciones, entre otras actividades. Es importante que cada OE y UE evalúe este tema y brinde los servicios en la medida de sus posibilidades.

Las OE y UE son los centros de atención de las cuestiones vinculadas con el empleo y por estar distribuidas a lo largo del país pueden dar respuesta de manera directa y con un conocimiento profundo sobre el territorio a las personas que a ellos se acercan.

La Oficina de Empleo municipal llevará adelante todas las funciones realizadas por la delegación del RENATRE en nuestra localidad
 

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